La Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo ordenó al Indotel proceder a hacer una revisión en 30
días de los contratos de las empresas telefónicas para suprimir las
cláusulas que resulten abusivas de los derechos de los ciudadanos y los
usuarios de los servicios de telecomunicaciones.
El tribunal acogió así una acción de
amparo de cumplimiento interpuesta por la Fundación Prensa y Derecho y
condenó al Indotel al pago de una astreinte diaria en caso de incumplir
la sentencia.
Mediante sentencia 447-2013, el
tribunal instruyó, asimismo, al órgano regulador de las
telecomunicaciones a remitir los denominados contratos de adhesión al
Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor),
para que también realice la revisión correspondiente.


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