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¿Puede un tatuaje arruinarte una oportunidad de trabajo?


Los dibujos en la piel ganan en popularidad pero todavía hay sectores laborales que piden ocultarlos o, directamente, los prohíben

Los tatuajes han recorrido un largo camino hasta vivir una explosión que trasciende clases sociales y géneros.

Sus orígenes son milenarios, nacidos como señas de identidad de culturas tan distantes como la polinésica o las andinas. En los siglos XVIII y XIX se identificaban con la vida marinera pero también con ambientes carcelarios y marginales, estigma que se mantuvo hasta el último tercio del siglo XX.

Ahora no es raro ver personas tatuadas que superan los 50 años, ejecutivos que presumen de complejos dibujos en el antebrazo, y en ambientes como el del fútbol lo extraño es ver a algún jugador sin ningún tatuaje.

Hay sectores más abiertos a contratar a personas que exhiben estos dibujos en la piel, como algunos segmentos del ocio (bares y discotecas) o tiendas de ropa urbana o juvenil. Pero en otros hay fuertes resistencias.

Otros segmentos reticentes son los que exigen a sus empleados ciertas condiciones de vestimenta y de presencia, ya sea para atender al público o por los códigos internos que aplica cada empresa.

Entre estos se encuentran el sector bancario, los restaurantes de una mayor categoría, el ámbito educativo (sobre todo si es de educación infantil, primaria o de bachillerato) y el aeronáutico.

En muchas aerolíneas precisan, entre los requisitos para sus aspirantes, tener “buena presencia, sin piercings ni tatuajes visibles”. Este mismo punto es remarcado por las Fuerzas Armadas.

¿Qué dice la Constitución?


    Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal.
    En consecuencia: 1) La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes.

Pero hay una gran zona gris. “El derecho a la imagen física choca con el derecho de la libertad de empresa” para contratar a quien considere, o a establecer criterios de imagen para su personal. Fuente Ensegudos.do

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