El senador del Partido de la
Liberación Dominicana (PLD), Tommy Galán, perdió la jurisdicción privilegiada
para ser juzgado por la Suprema Corte de Justicia por el caso Odebrecht, tras
ser derrotado en la contienda electoral por el candidato de la Fuerza del
Pueblo, Franklin Rodríguez.
Ante esa situación, el
legislador por San Cristóbal deberá ser juzgado en primera instancia junto a
los demás implicados en el caso Odebrecht, cuyo proceso está pendiente de
audiencia en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
La jurisdicción privilegiada
encuentra su génesis en el artículo 154.1 de la Constitución, cuando entre las
atribuciones de la Suprema Corte contempla el conocer en única instancia de las
causas penales seguidas a una serie de altos funcionarios del Estado,
incluyendo senadores y diputados, entre otros.
Informa el periodista Ramón
Cruz Benzán que conforme con el referido artículo corresponde exclusivamente a
la Suprema Corte de Justicia, sin perjuicio de las demás atribuciones que le
confiere la ley, conocer en única instancia de las causas penales seguidas al
Presidente y al Vicepresidente de la República; a senadores, diputados; jueces
de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional; ministros y
viceministros.
Igualmente, al Procurador
General de la República, jueces y procuradores generales de las cortes de
apelación o equivalentes; jueces de los tribunales superiores de tierras, de
los tribunales superiores administrativos y del Tribunal Superior Electoral; al
Defensor del Pueblo; a miembros del Cuerpo Diplomático y jefes de misiones
acreditados en el exterior; miembros de la Junta Central Electoral, de la
Cámara de Cuentas y de la Junta Monetaria, entre otros.
Se recuerda que la Segunda
Sala Penal de la Suprema Corte de Justifica fijó para el 16 de abril el
conocimiento del juicio de fondo seguido en contra del senador Tommy Galán,
implicado en el caso Odebrecht, pero debido a la pandemia del coronavirus
(COVID-19), no ha podido ser agendado por el tribunal.
El expediente fue apoderado
luego de que el pleno de la Suprema Corte decidiera desapoderarse del caso y
remitirlo en contra de otros cinco imputados por ante la jurisdicción
ordinaria, cuyo caso fue apoderado al Primer Tribunal Colegiado.
Fuente Listín Diario

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