Por: Lic. Roberto Genao Pérez
El pasado viernes 4 de agosto culminó felizmente el diplomado sobre Tránsito impartido por el Colegio de Abogados de República Domina (CARD), que estuvo dedicado a los Abogados de Monseñor Nouel, de la República Domicana, estando entre ellos quién escribe estas líneas como también el director de la Prensa de Ahora el abogado Rudy Dotel, también algunos estudiantes de la carrera de derecho.
El curso se basó en el conocimiento de la nueva Ley
de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial de la Republica
Dominicana, que es la Ley 63-17 del 21 de febrero de este año y que entrará en
aplicación este 21 de agosto. LA Ley 63-17 derogó la pasada Ley 241 sobre
transito que regía desde los años 60 y que en la actualidad ya era anacrónica
para el país. Esta elimino la dirección general de tránsito terrestre, AMET, La
OMSA, La OTTT, así como otras dependencias del tránsito.
En consecuencia, toda la regulación y administración
del tránsito quedó bajo la dirección del Instituto del transporte terrestre, el
INTRANT; se ha quedado de completar dicha Ley con unos reglamentos de aplicación;
pero la regulación del tránsito a nivel local se encargarán los ayuntamientos.
La Ley 63-17 fue creada para dirigir el transito con
unas normas difíciles de cumplir cuyas sanciones a las violaciones del tránsito
son para aplicarse la generalidad de las veces, podríamos decir, en Suiza, pero
no en este país. Es una Ley demasiado exigente para la realidad de nuestro
subdesarrollo e inadecuada a la poca educación que tenemos en lo vial y que difícilmente
podrá resolver el caos del tránsito de Republica Dominicana.
¿ Por qué? Contiene unas sanciones difíciles de
acatar, penalidades con cárcel y multas muy exageradas conforme al nivel de
vida de las mayorías. Por ejemplo, La multa más ínfima corresponde a un salario
mínimo del sector público, que en la actualidad es de RD$ 5,117.00 pesos y
dependiendo del caso va aumentando las multas hasta la estrambótica cantidad de
cincuenta salarios mínimos y hasta con cien salarios mínimos alcanza.
Recientemente vimos la noticia de que más de
cincuenta mil choferes del transporte público quedaran sin empleo a partir de
los 65 años de edad, lo que contraviene el derecho a la igualdad consagrado en
el artículo 39 de nuestra constitución siendo esta discriminación aludida
inconstitucional.
Esta Ley crea los empresarios del transporte público
y elimina los sindicatos del transporte, que tienen derechos adquiridos,
penalizando con sanciones drásticas cualquier paralización de los mismos,
significando esto que le prohíben el derecho a huelga, lo que tiene una
connotación dictatorial. Hay que recordar que el derecho a huelga es reconocido
en el código de trabajo por lo que dicha norma choca con principios propios de
la democracia.
La Ley 63-17 establece la confiscación de los vehículos,
lo que entra en contradicción con una sentencia del tribunal constitucional que
protege la inviolabilidad de la propiedad amparándose en el artículo 51 de
nuestra carta magna que así lo consagra.
Soy de opinión que lloverán los recursos de
inconstitucionalidad contra la Ley 63-17.
Esta Ley prohíbe hasta escupir, lo que va contra los
hábitos de salud, por solo citar un ejemplo.
El motivo del Legislador al crear esta Ley fue
aumentar la recaudación inmisericordemente siendo ella por ende ampliamente
fiscalista, abusiva, contraria al estatus económico de las mayorías. Es tan así
que dicha Ley ante el impago de la multa contempla en declarar en rebeldía al
infractor incluyendo las medidas jurídicas pecuniarias como la venta en pública
subasta de los vehículos y hasta dejar abierta la posibilidad de otros recursos
de indemnización restantes del código civil.
Ante nuestros escasos niveles de ingresos que
imposibilitan el pago de las onerosas multas el país se llenara de infractores
en rebeldía por lo que surgirán protestas por las sanciones exorbitantes y habrá
la inminente necesidad de modificar la Ley 63-17.
Y peor es que no hay conocimiento de la población de
esta Ley, ya que hasta los abogados la desconocen, siendo su ignorancia una rémora
para su puesta en vigor, por lo que sin una educación efectiva es difícil su
aplicación y cumplimiento.
Muy a pesar de que esta Ley propone educar sobre tránsito,
el gobierno ha hecho caso omiso por lo que ha sido negligente pareciendo esta
Ley como si ya fuera letra muerta su existencia en el territorio nacional.
Así son las cosas en nuestro país.


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